COMUNIDAD AUTÓNOMA NAVARRA

LEGISLACIÓN SOBRE EL TURISMO RURAL


Tipos de Alojamiento
El Decreto Foral 243/1999, de 28 de junio, es el que regula y ordena los alojamientos turísticos en casas rurales dentro de la Comunidad Foral de Navarra. A los efectos de dicho Decreto Foral, se entiende por alojamiento turístico en casas rurales la prestación del servicio de habitación o de residencia, con o sin servicio de comidas, en un edificio cuyas características estéticas sean las propias de la arquitectura tradicional popular de la zona en la que se ubique.
Casas rurales (CR)
Los inmuebles destinados a casa rural deberán ser viviendas tradicionales o que, sin serlo, se adecuen a las características estéticas propias de la arquitectura popular de la zona geográfica en la que se encuentren. El edificio deberá disponer de un máximo de dos viviendas, sin contar la vivienda habitual del propietario. El núcleo de población en el que se ubique deberá ser menor de 3.000 habitantes o, en los casos en que sea superior, deberá estar fuera del casco urbano y en una zona de construcción diseminada. Tendrán un mínimo de una habitación doble y un máximo de 16 plazas fijas de alojamiento y dos supletorias.
La prestación del servicio de alojamiento turístico en casas rurales tiene en Navarra dos modalidades de explotación: casas rurales de habitaciones y casas rurales vivienda.
a) Casas rurales de habitaciones. Son aquellas en las que se presta el servicio de habitación, en una vivienda donde el titular del establecimiento comparte el uso de su propia vivienda, con una zona o anexo dedicada al hospedaje. El servicio de alojamiento incluye el desayuno.
b) Casas rurales vivienda. Son aquellos establecimientos en los que se presta el servicio de residencia, mediante la cesión del uso y disfrute de la vivienda en condiciones, instalaciones y servicios que permitan su inmediata utilización.
El uso del término agroturismo y similares queda reservado a las casas rurales en las que su titular o gestor desarrolla actividades agropecuarias en las que pueden participar los clientes y que se realicen en un entorno próximo al establecimiento.

Significado de los signos

Habitación de Matrimonio o Triple Baño Aseo
Habitación con dos o tres camas Salón Comedor y Cocina
Habitación individual Antena Parabólica
Admiten tarjetas de crédito Zona de esparcimiento exterior.
Habitaciones con baño Situada dentro del núcleo urbano
Columpios, sala de juegos infantil Situada fuera del núcleo urbano
Derecho a cocina En la montaña
Facilidades para minusválidos Próximo a la costa
Piscina En la playa
Se sirven comidas
Casas de turismo rural Centros de turismo rural